jueves, 1 de mayo de 2014

Nueva página

Tengo una nueva página web sosawagner.es, en la que iré incorporando también mis Soserías.

sábado, 12 de abril de 2014

Emoticonos



(Hace unos días me publicó La Nueva España esta Sosería)

Confieso que me he enterado hace poco del significado de la palabra “emoticono” que es, según la Docta Casa, un “símbolo gráfico que se utiliza en las comunicaciones a través del correo electrónico y sirve para expresar el estado de ánimo del remitente”.

¿Para qué usar palabras si con un dibujito basta para decir a nuestro interlocutor que estamos sufriendo un cabreo denso y oscuro, o vivimos un estado de felicidad propio del cristiano que está a punto de yacer con odalisca, o de ansiedad cercano al que transmite la
Esposa del Cántico de san Juan de la Cruz?  Unos simples y fáciles trazos resuelven el compromiso y eso está muy bien porque así tenemos tiempo para otro afán, por ejemplo, para seguir poniendo sms o “guasapes” o enviar una autofoto (selfie, otra novedad) de Lupita en el preciso momento en que compra una pizza de cuatro quesos. La única objeción que pongo es que el emoticono ya viene confeccionado por la industria que ha fijado su plantilla convencional y no es el producto de la gracia como dibujante del remitente. Esto es de una vagancia intolerable y signo de muy poca imaginación. A mí me suspendían de manera porfiada y perseverante en la asignatura de Dibujo cuando estudiaba el bachillerato pero me atrevería a dibujar una cara que exprese alegría o tristeza y, aunque es verdad que no me saldría la paloma de Picasso, sí algo presentable y desde luego inteligible.

¡La cantidad de emoticonos que circularán por las redes en todas las direcciones lanzados
como botellas de náufragos! Al meditar sobre ello, me tortura la idea del emoticono como objeto de espionaje transatlántico y el aspecto que tendrá el espía de emoticonos. En las películas hemos visto a estos, a los espías, haciendo fotos de un documento comprometido en medio del sigilo y de la tensión de la situación que crea el espionaje rectamente entendido. Pero no logro imaginarme a ese mismo espía llevándose un emoticono a su archivo oculto de agente secreto y tejiendo conclusiones de relevancia política o comercial para venderlas luego a un Obama lejano y jupiterino. ¿Tendrá el KGB personal especializado para la interpretación de los emoticonos como Freud tenía el sofá para interpretar los sueños de sus pacientes y aventurar hipótesis sobre sus insatisfacciones? ¿Tendrán los generales de la OTAN sus emoticonos para anunciar una misión de alto riesgo? ¿Alguien imagina a Hitler mandando un emoticono a su colega polaco avisándole de que empezaba la segunda guerra mundial?

Ahora bien, fuera de estas inquietudes preciso es convenir que el emoticono está bien porque refleja las ideas sencillas con las que hoy circulamos: o se está feliz o se está disgustado. O se está inflamado de amor o se cultiva un odio fanático. Hay poco lugar para matizar los estados de ánimo y expresar entereza ante el infortunio, aplomo, espíritu de servicio, entrega a una causa noble, frugalidad, parsimonia, ascetismo etc pues para todo ello es necesario seguir recurriendo a la palabra, esa reliquia del pasado, ese vestigio remoto de una época antigua y felizmente caducada.

Veo que hay poetas que empiezan a usar los emoticonos en lugar de la métrica y ya solo se espera que nos traduzcan a emoticonos los versos de Jorge Manrique o de Gerardo Diego. Así será más fácil leer sus obras. Tenemos que saberlo: el emoticono, primo de la siglas y cuñado de las abreviaturas, es hoy la nueva palabra en germen porque la antigua, la clásica, irá siendo borrada poco a poco y quedando reducida a una ligera espuma, a la ligera espuma del mar de los emoticonos. 
  

miércoles, 2 de abril de 2014

¿Es posible la reforma constitucional?


(Hace varios días me publicó el periódico El Mundo esta tribuna de opinión).

Se multiplican las voces en defensa de una reforma de la Constitución española: a veces son periodistas especializados; otras, profesores universitarios quienes están explicando sus razones. Incluso el propio presidente del Gobierno no parece descartarla si atendemos a lo que ha declarado en el Congreso con motivo del último debate sobre el estado de la Nación.

Estamos ante una polémica recurrente y poco original porque circula también por otros países europeos. Desde luego se oye hablar de ella en Francia donde hay plumas que abogan por una transformación a fondo de las instituciones de la V República, y respecto de Alemania debe decirse que no solo se discute sino que se actúa porque las modificaciones de la Ley Fundamental de Bonn han sido frecuentes: más de cincuenta, casi a una por año, siendo la última más relevante la que en 2006 afectó al reparto de competencias entre la Federación y los Länder.

En España la Constitución de 1978 se ha reformado tan solo en dos ocasiones: en 1992 para alterar el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales y en 2011 para incorporar la estabilidad presupuestaria. En ambas se utilizó el sistema llamado “ordinario” que requiere la aprobación por una mayoría de tres quintas partes de cada una de las Cámaras. Existe además el “reforzado” del artículo 168 que exige una primera aprobación de dos tercios de cada Cámara y la disolución inmediata de las Cortes para la constitución de unas nuevas que procederían al estudio de un texto constitucional. A su vez, éste deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de cada Cámara y, a continuación, se someterían todos estos trabajos a la ratificación de un referéndum entre todos los españoles. La justificación de tan complejo procedimiento se halla en la amplitud del objeto de estas reformas “reforzadas” pues pueden afectar al Título preliminar (artículos 1 a 9), a la tabla de derechos fundamentales o al título II dedicado a la Corona.

La nuestra es una Constitución que se califica como rígida pero las hay más rígidas todavía, la alemana por ejemplo, cuyo texto, muy manoseado como hemos visto, declara la “eternidad” de la estructura federal de la República y de los derechos fundamentales (artículo 79.3). Son estas materias inderogables, imperecederas, se hallan cosidas a la imagen del Estado alemán de manera definitiva e inmutable. Parecidos preceptos, que podríamos llamar yertos, hallamos en las Constituciones francesa (artículo 89) o italiana (artículo 139).

Junto a las reformas propiamente dichas hay que situar a las mutaciones o cambios constitucionales que dejan intacto el texto constitucional y que están originadas por hechos que no tienen por qué conducir a una expresa reforma legal. Paul Laband, primero, y Georg Jellinek después fueron los formuladores en Alemania de esta tesis, que distinguía además entre supuestos específicos de cambio y el cambio global que puede originar una “paulatina muerte de las Constituciones” lo que se conecta con la conocida ley sociológica formulada por el segundo relativa al “valor normativo de lo fáctico”.                                                          

Se trata de correcciones silenciosas del texto constitucional que se producen -los juristas alemanes se han seguido ocupando de ellas en épocas más recientes- sin la alharaca de las discusiones parlamentarias por lo que pasan inadvertidas para el público e incluso para los protagonistas del escenario institucional. Fluyen formando el humus en el que vive y se desarrolla el sistema político cuyas intimidades no se pueden conocer sin comprender este fenómeno. El ejemplo más evidente en España es el de nuestra incorporación a las instituciones europeas, origen de una serie de nuevos procedimientos y pautas de conducta que han alterado de forma determinante el ejercicio de las competencias por las Administraciones sin que ello se haya reflejado en los artículos de la Constitución.

Lo que está empero en el debate nacional en estos momentos es de alcance mucho más general y deriva del agotamiento que visiblemente sufre el sistema político inaugurado en 1978. En efecto, el deterioro de las instituciones fundamentales que sirven de vertebración al poder público, así como el desprestigio de los partidos políticos que sirven de vertebración al sistema democrático, están reclamando una intervención prudente pero valiente, en cierta manera como la que se practica en las mesas de los quirófanos. Hemos visto cómo podría hacerse pues no falta el utillaje adecuado para ello.

Ahora bien, a la vista de la realidad social española ¿es posible meter el bisturí con éxito?

Mi respuesta es claramente negativa y ello por una razón: carecemos de los elementos de concordia necesarios para una aventura de esta magnitud.

Apoyados en conceptos clásicos, recordemos que el acto constituyente nace de la unidad política que es anterior al ejercicio del poder constituyente mismo porque siempre hay una voluntad que es previa a toda labor constitucional y a cualquier producción normativa. Solo cuando el pueblo se transforma en unidad política (que sería la idea de nación de los revolucionarios franceses) es cuando puede nacer la voluntad constituyente y, con ella, la imprescindible energía ordenadora y transformadora.

Si esto es así, una comunidad que busca un texto constitucional es una comunidad que ha de hallarse integrada. Sin “integración” -enseñó hace años en Alemania Rudolf Smend- no hay Estado siendo la Constitución el resultado formalizado de esa comunidad vertebrada. El Estado existe cuando hay un grupo relacionado que se siente como tal, que recrea y actualiza los elementos de que se nutre y que es capaz de participar en la vida y en las decisiones de la colectividad. En este sentido podemos afirmar que las sociedades mercantiles se caracterizan por estar protegidas frente a sus posibles rupturas internas por la fuerza del derecho circundante representado por los jueces o por las autoridades administrativas. Para el Estado, por el contrario, no hay una garantía externa como basado que está en la aquiescencia libre y siempre renovada de sus miembros. Esa aquiescencia democrática es el fundamento de ese artilugio que llamamos Estado, su sustancia, el espíritu que lo anima, que determina su existencia y que lo justifica. Por su parte, la Constitución, ordenación jurídica del Estado, no es sino el receptáculo que recoge los latidos de esa comunidad que hace a un pueblo sentirse Estado.

Por eso se trata de una realidad que fluye y de ahí que la legitimidad de la Constitución sea un problema en buena medida de fe social, de fe en esos atributos compartidos e intereses comunes que permiten al grupo vivir juntos y constituirse en Estado. En este contexto lo simbólico juega un papel nada despreciable y por ello encontrar la forma de Estado más apropiada no es el producto tan solo de una reflexión jurídica sino de un sentimiento en parte emotivo.

Esto se ve muy claro en la configuración de los Estados regionales o federales que han de basarse en un reparto de competencias bien aparejado pero que de nada serviría si no existiera una conciencia clara en sus agentes y protagonistas de pertenecer todos a una misma familia o linaje. Sin esa conciencia, el edificio se viene abajo.

Pues bien, afirmo que las fracturas sociales y emotivas que alimentan los nacionalismos separatistas en España conforman el ejemplo de manual de una Constitución carente de esos elementos de integración indispensables para hacer posible su vigencia ordenada y fructífera. Mientras tales nacionalismos, representados por partidos políticos, sigan defendiendo sus tesis dirigidas a destruir el patrimonio común que supone la existencia de un Estado que ha de ser indiscutido hogar común no tiene sentido pensar en la mera alteración de este o de aquél artículo de la Constitución. Dicho de otro modo, mientras no nos pongamos de acuerdo en un “credo” compartido y libremente asumido, en un prontuario de cuestiones básicas, entre ellas, obviamente, la existencia misma de ese Estado, pensar que diseñar la distribución de competencias en materia de productos farmacéuticos puede servir de algo es fantasear o, como decían los antiguos, trasoñar.

En estos momentos, además, hay que añadir otro factor emocional de desintegración que se pone de manifiesto cada vez con más frecuencia: me refiero al ondear de banderas republicanas en manifestaciones públicas y al abucheo dirigido a algunas personas reales motivado por el descrédito en que han incurrido algunos de sus miembros, indignos de habitar una Casa real.

Pienso por todo ello que, a la vista de tales circunstancias, más nos valdría olvidarnos de empresas homéricas y poner manos a la obra, con severidad y competencia, de empeños menos ambiciosos. ¿Qué tal, como verbigracia, una reforma de la ley electoral que contribuyera a igualar el valor de los votos de los españoles? ¿Qué tal sustraer de las manazas de los partidos políticos a las instituciones judiciales, a los tribunales de cuentas y a la larga nómina de organismos reguladores “independientes”? 

A lo mejor, meternos en estas “reformitas” nos serviría para ejercitarnos en el arte de la discusión libre de sectarismos y, ganados para esa causa, nos iríamos acostumbrando a iluminarnos con unas luces desconocidas que acabarían creando el mantillo donde se cultivara una nueva justicia distributiva y conmutativa, apta para derogar la vigente ley del embudo.


domingo, 23 de marzo de 2014

De uñas

Las uñas han servido en el pasado para hurgarse en la nariz ya que, por su longitud, permitían acceder a sus zonas más remotas. También para albergar un filo negro, testimonio de una suciedad adquirida a base de mucha paciencia y mucho desinterés por el jabón. Quiero decir con ello que las uñas no han sido más que una placa córnea que ultima los dedos a las que nadie en su sano juicio les ha dado mayor importancia nunca, acaso los muy aseados se las cortan de vez en cuando, lo que bien mirado es antes una tabarra que un entretenimiento.  Eso respecto de las manos porque las de los pies han vivido más o menos abandonadas a su suerte y solo cuando estaban a punto de perforar la piel del zapato nos acordábamos de ellas y reducíamos, provistos de unas tijeras, sus ínfulas de desarrollo y crecimiento.

Esto ha sido así para los hombres. Pero incluso las mujeres, que son más pulcras y tienen otro sentido de la estética, a lo más que han llegado ha sido a pintárselas de rojo cabaret o de rosa desvaído y eso cuando tenían que asistir a una fiesta porque las que trabajaban como médicos o como agentes comerciales les han dado siempre el uso tradicional al que ya se ha hecho referencia.

Otras veces las uñas servían como extraño alimento. Es lo que se llama “comerse las uñas”, acción que vemos sobre todo entre los jóvenes que recurren a ello por una inseguridad que es hija del nerviosismo, de la misma manera que el mal actor recurre al vaso de güisqui al no saber qué hacer con las manos.  Todos hemos sido jóvenes y hemos recibido más de un coscorrón por comernos las uñas. Claro es que esta era la época en la que un padre podía atizar un coscorrón a un hijo, hoy esto es imposible pues caería sobre nosotros el juzgado de primera instancia y el de instrucción, los dos juntos, que nos aplicarían sin piedad todas las disposiciones adicionales de la ley de igualdad.

Por su parte, estar de uñas ha sido siempre hallarse en una actitud hostil o recelosa y enseñar las uñas era mostrarse agresivo en grado sumo, amenazante con la vecina o con el director de la oficina. Y había también el uñoso, es decir, el largo de uñas, expresión que se aplicaba a quien, amigo de la faltriquera ajena, pugnaba por quedarse con ella al menor descuido de su legítimo propietario.

Y poco más de sí daba el asunto ungular. Todo esto ha cambiado y lo ha hecho de manera espectacular en los últimos años. Hoy las personas finas, que estudiaron la ESO y tienen en sus carteras fondos contaminados y acciones basura, no digamos las que han sido clientes de Madoff, gastan uñas rellenas, no me pregunten de qué (si de crema pastelera o de trufa ...) porque no lo sé, pero así se anuncia esta modalidad de cultivo de las uñas en los establecimientos uñeros distinguidos que ya hay en todas las capitales de provincia, comunidades uniprovinciales e islas adyacentes.

O se dejan hacer la uña francesa que, a su vez, admite diversas variantes: “fantasía”, red, serpiente, encaje ... Los magistrados, por ejemplo, podrían hacerse las uñas combinándolas con el encaje de las puñetas de sus negros ropones y así irían conjuntados, no como ahora que las puñetas van por un lado y las uñas por otro, en una muestra más del desconcierto en que se halla sumida la justicia.

Hay otros adornos a los que conviene hacer referencia para que todos podamos adoptar decisiones en este terreno con el mayor conocimiento de causa. Así el alargamiento de lecho o la decoración acuarela o la llamada incrustación, hasta llegar a la meta del gran invento que es la manicura “jojoba” que algún día me voy a hacer para averiguar en qué diablos consiste.  En fin, para los pies hay pedicura pétalos de rosa, pedicura café, frutas tropicales, pepino ... Como se ve, alternativas para llevar las uñas barrocamente ya no nos faltan. Por supuesto que una uña así decorada ya no servirá para la filigrana de remover los fondos de la nariz pero es que los tiempos cambian y para ese menester de desalojo seguro que en las tiendas de los chinos venden el trebejo apropiado.

Estas son las altas cotas de exquisitez a las que ha llegado nuestra civilización. Ahora ya podemos estar tranquilos porque la caída del Imperio nos pillará haciéndonos la decoración jojoba en la uña de un dedo del pie derecho.

domingo, 9 de marzo de 2014

Cartujos en los restaurantes

(Hace unos días La Nueva España me publicó esta Sosería)


Cada vez es más frecuente ver a quienes se sientan a una mesa en un restaurante comer
sin prestar la más mínima atención a la comida y, sin embargo, tener la mirada fija en el móvil o en la tableta a los que están interrogando como si estos utensilios fueran una de esas calaveras de prestigio que han tenido siempre la misión de informar sobre el más allá y sobre la fugacidad de la vida.

En una ciudad francesa pude observar hace poco, y durante un largo rato, a una pareja que celebraba algún acontecimiento relevante de sus vidas pues habían pedido un buen vino y los manjares más caros de la carta. Aquél hombre y aquella mujer no se dirigieron la palabra ni una sola vez el tiempo que estuve cerca de ellos, afanados como andaban mandando mensajes, tuits y otras zarandajas. En algún momento incluso uno de ellos sostuvo una conversación con algún ser lejano en la que le daba noticia de dónde estaban y de lo bien que lo estaban pasando. Como andaban por los sesenta años, me preguntaba qué habrían hecho estos dos sujetos durante toda su vida cuando se reunían a almorzar y no disponían aún de la cuenta de twitter. Sin duda, en aquella época, tecnológicamente lastimosa, se veían obligados a la amarga experiencia de contarse algo usando la palabra, jugando con los verbos, los adverbios, algún adjetivo furtivo ...

Al parecer, en Nueva York, en una de las zonas más en alza de Brooklyn, se ha abierto un restaurante donde no está permitido hablar pero tampoco usar el móvil. La consigna es “comer y callar” como si del refectorio de un convento cartujo se tratara. Los camareros también observan la misma conducta taciturna de los clientes aunque se les permite como suprema licencia la de sonreír. A nadie se le puede preguntar nada porque te dan la callada por respuesta.

Quizás es innecesario añadir que la carta de ese establecimiento no ofrece más que productos ecológicos y escorbúticos y no se puede servir vino. No falta más que establecer un severo catálogo de infracciones y de sanciones para algún cliente vivalavirgen que se atreva a romper las reglas del silencio.

¿Cómo se pueden aceptar tales excentricidades? Las personas sensatas siempre hemos creído que los restaurantes, las casas de comidas y los figones eran simples excusas para
ejercitarse en la conversación, el galanteo, el cuchicheo, el secreteo y el noble deporte de poner a caldo al amigo. La comida ha sido un acompañamiento óptimo para estos deportes sociales pues ¿alguien concibe una comida en un lugar público sin aprovecharla para despellejar a conciencia al prójimo? En la taberna se ha trasegado vino desde el siglo de oro pero sobe todo se ha restaurado el buen nombre de la murmuración.

Y lo mismo ocurría en los banquetes que se organizaban a quienes ganaban la flor natural en un certamen. A ellos se iba para desollar al de la flor y para menoscabar el crédito de los oradores.

Es decir que ir a comer y no poder hablar es renunciar a bienes tan preciados como la charla, la cháchara, el palique y el parloteo irreverente. De aquí a convertir la vida en un paraje angosto y nuestra existencia en una tabarra insoportable no hay más que un paso. ¿Hay alguien que se anime a probar semejante calamidad? 

domingo, 2 de marzo de 2014

Carnaval

En época de carnaval hasta los artículos de los periódicos deberían aparecer disfrazados. Con erratas y el título cambiado, el nombre del autor velado tras un seudónimo, libres de enseñanzas, entregados tan solo al juego y a la chanza. Así es como se disfraza una columna y se la libera de su quietud habitual de artrítica. En carnaval se impone dar alas a las páginas de los periódicos para que salgan al espacio, preservadas de pensamientos sesudos, dedicadas simplemente a asustar a los lectores. 

Sin descartar claro es el antifaz de la buena prosa, lo único que justifica un sitio en los papeles. Con ella -con la buena prosa- podemos hacer maravillas porque es la máscara que nos permite decir burradas y practicar el arte de la ocultación de una manera equívoca, fecunda y divertida. Los escritores, si son tales, es porque saben manejar la serpentina de los adjetivos. ¿Qué son los versos sino el confeti que esparcimos para comunicar nuestros sentimientos? Todo poema -excepto los que escriben poetas muy pelmazos de los que hay copia- debería tener alma de confeti. Y lo mismo ocurre con el género de las greguerías, pensamientos, aforismos o guindas en aguardiente, como yo he llamado en un libro a mis ocurrencias efímeras. Se lanzan al espacio con la intención de que queden enredados en los cabellos de los lectores y se adornen de partículas por breve espacio de tiempo. Quitárselos cuesta algo como cuesta librarse del mensaje que traen las greguerías  tras quitarles el celofán de la ligereza. También sirven estas para ponerlas en el ojal y dar brillo al traje y conquistar así a una señorita por una eternidad fugaz, intensa e inolvidable. La moda de pegar parches en las rodilleras o en el tafanario no es más que una forma de poner sufijos. Y el sombrero con pluma de colorines que se gasta en los bailes ¿qué es sino la forma de escribir una interjección? Esas señoritas que van medio desnudas en una carroza -con nuestras ciudades gélidas- hacen un esfuerzo de excentricidad que debe agradecerse: el de disfrazar a las calles castellano - leonesas de calles brasileñas o tinerfeñas, con sus calores tersos como capullos. 

O sea que, como digo, en carnaval, el artículo disfrazado, burlón, apto para ser enterrado -con la sardina- sin remordimiento alguno.

No sé por qué me recuerda esta época de carnaval a la bohemia antigua, esa que ya ha desaparecido porque ahora los escritores gastan cartera de piel, teléfonos móviles y una conferencia sobre el arte de narrar siempre dispuesta para colocársela al concejal de cultura que a tiro se ponga. El bohemio tradicional no podía ni soñar con ese concejal y, si llevaba la conferencia, tenía la misma función que el preservativo que guardan algunos en el bolsillo con la ilusión de usarlo en ocasión propicia pero sin esperanza alguna tangible. Ese bohemio tradicional y gargajoso de mil bacilos era un señor permanentemente de carnaval porque metía de matute -disfrazados- sus productos averiados que eran aquellas novelas por entregas tan infames y tan inanes. Lo había rendido la vida y lo había desengañado, de la misma manera que se halla rendido y desengañado quien en una noche de carnaval se ha pasado las horas bailando y al final descubre que está solo y que, pasada la borrrachera, ya no puede convocar a las musas ni a las gracias sino que tiene que conformarse con irse a la cama con un par de aspirinas.

Porque es lo malo que tiene el carnaval que al final es mentira como era mentira el final del folletín de Pérez Escrich.

Pero, mientras dura, hay que disfrutarlo y sacar el fruto al disfraz, aprovechando para encender la bengala de lo imprevisto e iluminar con ella los espacios de la incorrección. Es el momento de cultivar el capricho, la extravagancia, de hacerse el estrafalario haciendo afirmaciones inesperadas y fantásticas. Es el momento de hacer la caricatura a nuestra vida.

domingo, 23 de febrero de 2014

La realeza británica y sus ritmos

(Hace unos días me publicó La Nueva España esta Sosería)



De entre las virtudes que adornan a los británicos se encuentran la paciencia y los ritmos pausados, propios de un país que vive entre calores tibios, fríos neblinosos y brisas de seda húmeda.
                                                                                 
Y, sin embargo, a veces se embarcan en aventuras trepidantes y ponen a sus decisiones la cadencia desbocada del caballo en plena carrera. Es el caso de la sucesión en el trono. Asumido por la real casa que, entre los designios de la divina providencia, no se halla en las próximas décadas la llamada a la morada eterna de la actual reina, que tan solo cuenta con 88 años, ésta ha decidido, con desprendimiento que la engrandece, realzar la figura de su augusto hijo, joven heredero de 65 años. Para ello se han dado ya algunos pasos ciertamente irreversibles.

¿La abdicación de la anciana señora? No, en ningún caso, pues se ignora esta decisión
drástica en el prontuario de la casa de Windsor (de soltera, Sajonia-Coburgo-Gotha). Esto queda para otras dinastías reales caracterizadas por improvisar y dejarse llevar por repentes, fuente de postreros arrepentimientos. Pero sí se ha ocupado la augusta dama de emitir señales del cambio que se avecina. De momento al príncipe se le ha visto acompañando a su madre al hipódromo y también en un paseo por Trafalgar Square en plan burguesote y cercano. Se ha sacado la lógica conclusión de que algo -y algo relevante- está en marcha. 

Pero es que, en el atrevimiento real, hay más: parece que las habitaciones que Carlos comparte con su morganática esposa en el palacio de Buckingham se van a acercar a las que ocupan las personas regias. Incluso -se dice-en voz baja- que lo mismo va a ocurrir con los cuartos de baño y que en breve se darán instrucciones a los reales suministradores para que utilicen en ambos la misma marca de champú para el cabello.

Esto último ha alarmado a los guardadores del tarro de las esencias monárquicas quienes han puesto el grito en el cielo -un cielo que de seguir así amenazaría perfiles de sombras fúnebres- denunciando lo apresurado de tales prácticas y preguntándose si no se estará haciendo el caldo gordo de una forma atolondrada a fementidos republicanos que, agazapados, esperan, con los dientes afilados por la codicia, instalar sus plebeyas posaderas en los palacios y castillos de la Casa.

Desde el gabinete real se han ofrecido explicaciones para tranquilizar a los fieles servidores pero éstos, con la mosca detrás de la oreja, se revuelven inquietos y bullen llenándolo todo de embustes.

Con todo, el anuncio más inquietante ha sido el de unificar las oficinas de la reina y el heredero. ¿Ponerles frente a frente como se amontonan los becarios de una cátedra de provincias? No, por cierto. Se trata de ir avanzando con cautela aunque con determinación sostenida: de momento ocuparán estancias distintas pero compartirán la misma pluma y el mismo secante para trabajar en los documentos regios. Detrás vendrán los pos-its y los clips más la grapadora.

Así, sin darse cuenta nadie, llegará un día en que la reina ya no reinará sino en la figura de su hijo y este no recibirá al primer ministro sino en veste de reina. Ambos vivos y ambos desafiantes a las leyes de la biología que, al final de cuentas, nadie puede tomar en serio porque no han sido aprobadas por la Cámara de los Comunes.

Y las luces de ambos quedarán unificadas proyectando para toda la Commonwealth la fuerza resplandeciente de un símbolo único e imperecedero.
      

martes, 11 de febrero de 2014

Deuda pública y construcción europea


(Ayer nos publicó el periódico El Mundo este artículo de opinión).


Las escaramuzas que libra el Tribunal Constitucional alemán en torno a la construcción europea vienen de lejos. Concretamente desde la sentencia “Maastricht” (1993) y después la “Lisboa” (2009). En el centro del debate se halla la cuestión de la defensa alemana de un orden constitucional propio pues preciso es tener en cuenta que ya en 1963 el Tribunal europeo de Luxemburgo aclaró -para los despistados- que el derecho comunitario no se dirigía solo a los Estados miembros sino que de él derivaban concretos derechos y específicas obligaciones para los ciudadanos de esos Estados. Es el “efecto directo” justamente considerado como piedra basilar sobre la que se construye el orden comunitario como una “comunidad de derecho” (concepto paralelo al de Estado de Derecho).

Para el Tribunal alemán siempre ha sido tarea peliaguda y probablemente ejercida de mala gana cohonestar su condición de “defensor de la Constitución” con la aceptación del superior rango del derecho que emana de las instituciones comunitarias. Se trata de un duro conflicto de conciencia en el que viven sus magistrados desde los años setenta del pasado siglo.

Con todo, cuando hace jurisprudencia, sus palabras, aunque vigilantes, han sido siempre medidas. En la antes citada sentencia “Maastricht” declaró la compatibilidad del Tratado firmado en la ciudad holandesa con la Constitución alemana. El Tribunal estaba rechazando así la tesis de los recurrentes quienes habían sostenido que el desplazamiento de determinadas competencias, especialmente las relacionadas con la unión económica y monetaria, erosionaban el principio democrático al desapoderar al Parlamento alemán, y además limitaban la garantía de los derechos y libertades de su Ley fundamental. Los magistrados de Karlsruhe pusieron paz en esta polémica y las fuerzas políticas reformaron la Constitución introduciendo una nueva redacción del artículo 23 que ha tratado de asegurar la participación de los órganos federales legislativos -Bundestag y Bundesrat- en el desarrollo del derecho comunitario.

Años después vino la sentencia de “Lisboa” donde el Gobierno recibe una  resplandina desde Karlsruhe pues, aunque se destacó la adecuación de lo convenido en la capital portuguesa con el derecho público alemán, se exigió que, para su ratificación, se aprobara una ley especial de acompañamiento (Begleitgesetz) que asegurara una participación mayor y más afinada del poder legislativo nacional. Lo que el disciplinado Gobierno cumplió enviando al Parlamento el correspondiente proyecto de ley. Es en esta sentencia donde los jueces constitucionales recuerdan que la integración europea puede ir tan lejos como lo permita la salvaguardia en los Estados miembros de un ámbito de decisión con la suficiente amplitud como para que puedan desarrollar, con libertad política, las atribuciones  que afecten a la vida económica, cultural o social de sus ciudadanos.

En septiembre de 2011 volvemos a oír la voz desde Karlsruhe, ahora en relación con el paquete de ayudas a Grecia, para afirmar de nuevo su conformidad con las exigencias constitucionales contenidas en el derecho interno: “el parlamento alemán, a través de la aprobación de las correspondientes leyes, no ha conculcado ni el derecho presupuestario ni la autonomía presupuestaria de los parlamentos que en el futuro se constituyan como resultado de las elecciones legislativas”.

La crisis económica ha continuado siendo un vivero de pleitos por lo que las sentencias se suceden con expectante cadencia (octubre de 2011, febrero, junio y septiembre de 2012). El mensaje que todas ellas contienen se puede resumir afirmando que la preocupación de los magistrados alemanes ha consistido en cortar las alas a la expansión de las competencias bruselenses a la hora de afrontar los riesgos que vive la economía europea si ello pudiera suponer un desapoderamiento del Parlamento alemán que hiciera peligrar el entero sistema democrático.

Un momento especialmente emocionante se vivió cuando se aprobaron los Tratados -intergubernamentales- que crearon el “Mecanismo europeo de estabilidad” y el denominado “de estabilidad, coordinación y gobernanza en la Unión económica y monetaria”. Las dos Cámaras del Parlamento alemán otorgaron su visto bueno a los mismos pero, cuando se llevaron a la sanción del presidente de la República, se interpusieron varios recursos ante el Tribunal Constitucional en los que se pidió la adopción de medidas cautelares destinadas a paralizar la mano firmante del jefe del Estado. Pretensión que el Tribunal rechazó (septiembre de 2012) dando vía libre definitiva a los Tratados al entender que había sido respetado el papel del Parlamento y además quedaban garantizados tanto el límite máximo en dinero contante y sonante de participación de Alemania como su representación en los órganos del nuevo Mecanismo creado.      

Y así llegamos al pasado 7 de febrero, día en que se da a conocer por el Tribunal Constitucional un auto en el marco de otro pleito, ahora el entablado sobre la legalidad de las medidas del Banco central europeo relativas a la compra de deuda pública. Una política esta del Banco cuyo objeto fue cortar las tensiones desatadas en los mercados y paralizar el riesgo en que se hallaba la moneda única. Como se sabe, la polémica se ha centrado -y es lo que se debate en el pleito- en determinar si las funciones del Banco central europeo se han de contraer a mantener la estabilidad de los precios y controlar la inflación o pueden, más allá, coadyuvar -con sus propios instrumentos- a perseguir los objetivos generales de la Unión europea contenidos en el artículo 3 del Tratado (“crecimiento económico equilibrado, economía social de mercado ...”).

Como elemento nuevo de este pronunciamiento judicial procede anotar que es la primera vez que el Tribunal de Karlsruhe envía a sus colegas europeos de Luxemburgo una cuestión prejudicial de acuerdo con el artículo 33 de la ley que regula su  funcionamiento. Hasta ahora entre ellos había habido una vaga “relación de cooperación” (por ejemplo, en la sentencia Solange II de 1986, en la de Maastricht o en otra de junio de 2000). Un cierto matiz se advirtió ya en la cuestión suscitada por un tribunal laboral ante los jueces europeos acerca de la conformidad con el derecho comunitario de un contrato temporal de trabajo (2005). Cuando, años después (2010), el asunto (Honeywell) llega al Tribunal constitucional alemán, éste opta por evitar el conflicto con Luxemburgo y practica un comedido autocontrol de sus funciones.

Ahora, por fin, llega más lejos pues, como decimos, es la primera ocasión en la que, en la
historia de estas peleas judiciales, se formaliza una cuestión prejudicial en toda la regla.

Bien es verdad que, a la hora de pasar la pelota al tejado luxemburgués, el juez alemán lo hace con perspicacia y cierta perversidad. No se puede interpretar de otra forma su razonamiento según el cual la compra ilimitada de deuda pública a corto plazo en los mercados secundarios queda fuera de las atribuciones del Banco central europeo porque podría llegar a afectar a los presupuestos de los Estados miembros y a los compromisos relacionados con sus emisiones de deuda pública. Un peligro ciertamente porque esos títulos acabarían devaluándose con lo que volveríamos a cargar las espaldas de los contribuyentes europeos en su conjunto (no solo de los nacionales de los Estados endeudados). Voces autorizadas del mundo económico nos explican que, por un lado, resulta inevitable que los instrumentos monetarios incidan de alguna forma en los presupuestos (porque, si no es así, de nada servirían) y porque además el Banco central europeo anunció, con carácter previo a esa compra, que estaría precedida por el establecimiento de condiciones y reformas nacionales destinadas a poder alcanzar el impacto deseado de una forma duradera y sostenida.   

A nosotros nos interesa más subrayar la importancia jurídica y los efectos políticos de esta apelación del juez alemán al luxemburgués aun sabiendo que el pleito distará mucho de estar resuelto incluso después de que éste se haya pronunciado y vuelto el asunto a Karlsruhe. Pero hay en esa actitud nueva y humilde un reconocimiento de la superioridad del tribunal europeo, lo que no es una bagatela viniendo de quien viene y del efecto multiplicador que puede tener en otros tribunales constitucionales europeos, supuesto el enorme prestigio del alemán. El hecho de que se reconozca a la jurisprudencia de Luxemburgo un valor interpretativo preeminente ha de tener unas consecuencias relevantes en orden a asegurar la unidad y la coherencia del derecho comunitario que se une a otros avances capitales madurados a lo largo de los últimos decenios. Un derecho cuya garantía debe quedar siempre en última instancia reservada a las manos cuidadosas de las instituciones europeas.

Así como la sinfonía musical se teje a base de sucesivas melodías, fraseos y arpegios, de
la misma forma puede decirse que es la sucesión de modestos movimientos, ásperos en su rigidez jurídica, lo que permite ir construyendo el camino que ha de conducir a la ancha avenida del orden federal europeo. Único en el que pueden cobrar sentido los viejos Estados nacionales que la historia, ya como un eco fugitivo, ha depositado en nuestras manos.



Francisco Sosa Wagner y Mercedes Fuertes.